Jubilados Municipales de Mar del Plata Logran Victorias Legales Contra el Impuesto a las Ganancias

Jubilados Municipales de Mar del Plata Logran Victorias Legales Contra el Impuesto a las Ganancias

En una noticia que trae alivio a numerosos jubilados, el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) de Mar del Plata ha anunciado la obtención de las primeras medidas cautelares favorables en la Justicia Federal. Estas resoluciones judiciales ordenan a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cesar los descuentos por el Impuesto a las Ganancias aplicados a las jubilaciones de los empleados municipales.

Según declaraciones del STM, esta decisión judicial tendrá un impacto positivo y significativo en los ingresos jubilatorios de sus afiliados. El sindicato reafirma su compromiso de continuar trabajando en la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores y jubilados municipales.

Detalles de las Medidas Cautelares

Las medidas cautelares surgen a raíz de demandas individuales presentadas por jubilados municipales, con el respaldo del STM y el asesoramiento de un estudio jurídico especializado en temas previsionales. Estas demandas buscan la declaración de inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado a las jubilaciones, así como el reintegro de los descuentos realizados en los últimos cinco años.

Actualmente, se han presentado cerca de 50 causas, y hasta el momento se han conocido al menos cuatro medidas cautelares favorables, todas ellas firmadas por el juez Santiago Martin, del Juzgado N°2. Se espera que el juez Alfredo López, del Juzgado N°4, emita resoluciones similares en breve.

Las medidas cautelares dictadas por el juez Martín exigen a ARCA que, en un plazo máximo de tres días, se abstenga de retener o descontar sumas en concepto de Impuesto a las Ganancias al demandante. Esta es una medida provisional mientras se analiza el fondo de la cuestión. Dada la naturaleza de las causas, se tramitan bajo el procedimiento sumarísimo, y ARCA ya ha sido notificada para presentar su respuesta.

Fundamentos de la Decisión Judicial

Para conceder las medidas cautelares, la Justicia consideró el cumplimiento del requisito de peligro en la demora, teniendo en cuenta la avanzada edad de los demandantes y el carácter alimentario de sus jubilaciones. Se reconoció la situación de vulnerabilidad de los jubilados, dado que sus ingresos están directamente relacionados con su salud y bienestar. En algunos casos, el descuento por Impuesto a las Ganancias representa hasta el 10% del ingreso neto del jubilado municipal.

Además, el juez Martín consideró acreditada la verosimilitud del derecho, es decir, que el reclamo de fondo tiene sustento legal, aunque la decisión no prejuzga el resultado final del caso. El magistrado citó jurisprudencia que declara la inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias, incluso pronunciamientos de la Corte Suprema. El juez argumentó que denegar la medida cautelar causaría un perjuicio irreparable o de difícil solución posterior.

Argumentos de los Demandantes

El planteo de inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias aplicado a las jubilaciones, en consonancia con un reclamo histórico de los sindicatos a nivel nacional, se basa en la afectación de la naturaleza del régimen previsional argentino, que busca proteger la vejez, la invalidez y la muerte. Los demandantes argumentan que el cobro del impuesto por parte de ARCA vulnera este principio fundamental. En sus presentaciones, recuerdan la jerarquía constitucional de este precepto, al que Argentina adhiere a través de tratados internacionales.

Otro argumento central es que el haber jubilatorio no constituye una ganancia real, ya que el jubilado ya ha prestado sus servicios y tributado por ellos. Al ser titular de un beneficio previsional, no realiza ninguna actividad que genere una ganancia sujeta a impuestos.

Finalmente, los demandantes invocan jurisprudencia de la Corte Suprema que declara la inconstitucionalidad del cobro del Impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones.