El Caso Lucero: Un Debate sobre la Libertad Asistida y la Reincidencia
El caso de Sergio Lucero, un individuo con antecedentes por abuso sexual que reincidió tras ser liberado, ha desatado una profunda controversia sobre la idoneidad de la libertad asistida y la evaluación de riesgos en el sistema penal. La Fiscalía de Ejecución Penal se había opuesto a su liberación, argumentando su incapacidad para controlar sus impulsos y su historial conflictivo.
En la audiencia del 2 de septiembre, la defensa de Lucero, basándose en el cumplimiento de los requisitos formales, solicitó al Juez de Ejecución Penal, Juan Galarreta, la incorporación de su cliente al régimen de libertad asistida, a pesar de que aún faltaban cuatro meses para el cumplimiento total de su condena impuesta en 2018 por el Tribunal Oral en lo Criminal N°4.
La Fiscalía, por su parte, fundamentó su oposición en el artículo 100 de la Ley de Ejecución Penal, que consideraba un impedimento para la concesión de este beneficio. Además, resaltó la problemática personalidad de Lucero y su dificultad para regular sus impulsos, elementos que, a su juicio, hacían inviable cualquier evaluación favorable.
El Juez Galarreta, sin embargo, declaró la inconstitucionalidad parcial del artículo 100, argumentando la necesidad de analizar principios como el de igualdad y el de progresividad, contemplados en la ley 24.660. Consideró que Lucero cumplía con el requisito temporal y había realizado diversos cursos, lo que justificaba la concesión de la libertad asistida bajo ciertas condiciones.
Entre las condiciones impuestas, se incluían la residencia en un domicilio específico, el sometimiento al control del Patronato de Liberados, la obligación de buscar un empleo, la prohibición de cometer nuevos delitos y la realización de un tratamiento psicoterapéutico. Adicionalmente, se le exigió someterse a un tratamiento para conductas adictivas, prohibición de contacto con menores de edad, restricción de acercamiento a menos de 1000 metros de los familiares de las víctimas anteriores y la abstención de consumir alcohol y estupefacientes.
Ante esta decisión, el 5 de septiembre, el fiscal general adjunto Marcos Pagella, a cargo de la Fiscalía de Ejecución Penal, interpuso un recurso de apelación, cuestionando la resolución que incorporó a Lucero al régimen de libertad asistida. La controversia se intensificó cuando, tras la liberación de Lucero, se denunció un nuevo caso de abuso sexual en el que él estaba involucrado.
Según fuentes judiciales, no solo se considera que la libertad fue concedida de manera errónea, sino que tampoco se concedió el recurso de apelación interpuesto por la fiscalía. Peor aún, al informarse de la existencia de una nueva causa penal contra Lucero, la medida de libertad asistida no fue revocada, sino que se elevó a la Cámara de Apelación y Garantías, permitiendo que, en este lapso, una nueva mujer fuera víctima de abuso.
Los Hechos del Nuevo Abuso
Lucero había conocido a su nueva víctima, una mujer de 47 años, en la feria de Plaza Rocha. Tras un encuentro inicial, la invitó a cenar a su domicilio, ubicado en la calle Brown al 8800. Después de la cena, la mujer se sintió indispuesta, momento en que Lucero la habría obligado a practicarle sexo oral y, posteriormente, la penetró anal y vaginalmente.
Según la denuncia presentada en la Comisaría de la Mujer y la Familia, al día siguiente, Lucero la llevó nuevamente a su casa, donde la habría accedido de nuevo por vía anal y vaginal, utilizando preservativos. La víctima fue trasladada al Hospital Interzonal General de Agudos (Higa), donde fue intervenida quirúrgicamente y permanece internada.
Antes de su detención, el fiscal Carlos Russo solicitó un allanamiento en la vivienda de Lucero, donde se secuestró una caja de teléfono celular de interés para la investigación. La captura del imputado se hizo efectiva por personal del Comando de Patrullas Rural de Balcarce en la ruta 29.
El caso de Sergio Lucero plantea serias interrogantes sobre la efectividad de los mecanismos de control y evaluación de riesgos en el sistema penal, así como sobre la necesidad de revisar los criterios para la concesión de la libertad asistida, especialmente en casos de delitos sexuales.