Cristina Kirchner: Revés judicial y reclamo millonario de ANSES por pensión de Néstor Kirchner

Cristina Kirchner: Revés judicial y reclamo millonario de ANSES por pensión de Néstor Kirchner

La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner enfrenta un nuevo obstáculo legal en su intento por recuperar la pensión vitalicia que percibía como viuda del ex presidente Néstor Kirchner. La jueza federal Karina Alonso Candis desestimó la medida cautelar presentada por la ex mandataria, buscando el restablecimiento anticipado de dicho beneficio, el cual había sido suspendido previamente por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Pero el problema no termina ahí. Según informes, el Gobierno, a través de ANSES, dependiente del Ministerio de Capital Humano, tiene previsto exigir a Cristina Kirchner la devolución de los montos ya percibidos en concepto de esta pensión. Se estima que la cifra total que se le reclamaría ascendería a aproximadamente 1.000 millones de pesos.

El Fallo Judicial y los Argumentos de Cristina Kirchner

La decisión del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1 de la Ciudad de Buenos Aires se produjo en el marco de la causa “Fernández Cristina Elisabet c/ ANSES s/ Nulidad de Acto Administrativo”. En esta causa, la ex presidenta busca la anulación de las resoluciones que anularon tanto su pensión como la que le correspondía por su propio mandato presidencial.

El argumento central de Cristina Kirchner se basó en la urgencia de recuperar el cobro de la pensión. Sus representantes legales argumentaron que la demora en la resolución definitiva del proceso judicial podría afectar sus derechos a la seguridad social y, en última instancia, su subsistencia. Para fundamentar su solicitud, invocaron el artículo 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que consagra el derecho a la seguridad social.

La defensa de la ex presidenta también señaló que la medida cautelar solicitada no resolvía el fondo del asunto, ya que existía una sentencia firme previa que le reconocía el beneficio. Según esta línea argumental, solo restaba que la ANSES cumpliera con esa decisión judicial, restituyendo el pago de la asignación mensual vitalicia otorgada en su carácter de causahabiente de Néstor Kirchner desde el 14 de diciembre de 2010. La parte actora alegó la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, ofreciendo una caución juratoria como contracautela.

La Postura de ANSES y el Interés Público

La ANSES, por su parte, se opuso rotundamente a la medida cautelar solicitada. El organismo argumentó que el beneficio previsto en la Ley 24.018 para presidentes, vicepresidentes y sus viudas es una asignación graciable, es decir, un reconocimiento excepcional que no depende de aportes previsionales, sino que se otorga como contraprestación al honor y buen desempeño en el cargo.

La ANSES también sostuvo que la medida cautelar pretendida se confundía con el objeto principal de la demanda y que no se verificaban los requisitos legales para suspender el acto administrativo cuestionado. Además, el organismo remarcó que la sentencia firme invocada por Cristina Kirchner en una causa anterior solo se refería a la compatibilidad entre beneficios y no a la nulidad de las bajas, que es el objeto de la presente causa.

El organismo previsional fue más allá, advirtiendo que la medida solicitada por la ex mandataria afectaría el interés público, ya que implicaría el pago de un beneficio de significativa consideración económica y vulneraría las políticas de veracidad y transparencia en la gestión de los asuntos públicos, aspectos cruciales en la lucha eficiente contra la corrupción. En resumen, la ANSES argumentó que acceder a la solicitud de Cristina Kirchner afectaría los recursos del Estado.

La Condena Penal y la Suspensión de Beneficios Previsionales

La ANSES también planteó que la cuestión resultaba abstracta a raíz de la condena penal recaída en la causa “Fernández de Kirchner Cristina Elisabet y otros s/ infracción a los artículos 173, 174 y 210 Código Penal”. En este sentido, citó los artículos 12 y 19 inciso 4 del Código Penal, que prevén la suspensión del goce de jubilaciones y pensiones para quienes hayan sido inhabilitados penalmente, salvo que existan parientes con derecho a pensión, situación que no se da en este caso.

Si bien la jueza Alonso Candis consideró innecesario analizar en esta instancia la aplicación del artículo 19 inciso 4 del Código Penal, que prevé la suspensión de beneficios previsionales en caso de inhabilitación penal, el rechazo de la cautelar se fundó en los argumentos previamente expuestos.

Conclusión

En definitiva, la resolución judicial concluyó con el rechazo de la medida cautelar solicitada por Cristina Kirchner y la imposición de costas por su orden, en atención a la especial naturaleza del conflicto y a que la parte actora pudo considerarse asistida de mejor derecho para su planteo cautelar. Este nuevo revés judicial complica aún más la situación de la ex presidenta en relación con la pensión de Néstor Kirchner, mientras que el reclamo millonario de ANSES añade una nueva dimensión a este controvertido caso.