Un fallo judicial reciente ha ordenado a Mercado Pago que cese el débito de cuotas de un préstamo obtenido fraudulentamente a nombre de una usuaria, marcando un precedente en la protección de consumidores frente a estafas virtuales. La decisión subraya la asimetría de poder entre las plataformas digitales y los usuarios comunes, priorizando la vulnerabilidad de estos últimos.
El Caso: Víctima de una Sofisticada Estafa
La víctima, una madre de tres hijos con un crédito hipotecario, fue engañada a través de una elaborada maniobra de vishing. Recibió una llamada fraudulenta haciéndose pasar por un representante de Naranja X, quien la persuadió de solicitar préstamos en Mercado Pago y Banco Galicia bajo el pretexto de solucionar un error en una transferencia relacionada con una venta en Marketplace.
Bajo la guía del estafador, la mujer solicitó un préstamo de $600,000 en Mercado Pago y otro de $3,000,000 en Banco Galicia. Durante la llamada, que estaba siendo grabada por una amiga de la víctima, el estafador aseguró que las operaciones serían anuladas posteriormente. Sin embargo, la mujer se percató de que el dinero estaba desapareciendo de sus cuentas y comprendió que era víctima de una estafa.
Acción Legal y Resolución Judicial
El abogado Simón Serrano presentó una solicitud para evitar que Banco Galicia y Mercado Pago debitaran las cuotas de los préstamos fraudulentos. Inicialmente, la jueza de Garantías Lucrecia Bustos rechazó el pedido, pero Serrano apeló la decisión. El Banco Galicia finalmente accedió al reclamo, pero Mercado Pago se mantuvo firme en su postura.
La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías revocó la resolución anterior y ordenó a Mercado Pago, como medida cautelar innovativa, que se abstuviera de debitar las cuotas del préstamo de la cuenta de la víctima. Además, se prohibió a la empresa iniciar acciones legales para cobrar la deuda y reportar a la mujer a Veraz S.A. o al Banco Central, protegiendo así su historial crediticio.
Fundamentos del Fallo: Asimetría y Vulnerabilidad del Consumidor
Los jueces Leandro Favaro y Gastón de Marco destacaron la importancia de abordar el caso desde la perspectiva de la relación de consumo y la marcada asimetría entre la víctima y Mercado Pago. Reconocieron la vulnerabilidad técnica de los usuarios frente a la complejidad y el control tecnológico de las plataformas digitales.
En sus argumentos, los magistrados señalaron que las plataformas como Mercado Pago concentran el control tecnológico, logístico y económico del sistema, mientras que los usuarios acceden a sus servicios en una posición de desventaja, confiando en la seguridad y transparencia de la plataforma. Esta confianza, en casos como este, es explotada por estafadores.
Implicaciones y Alcance de la Medida Cautelar
La medida cautelar dictada por la Sala I protege a la víctima de los débitos automáticos y las posibles consecuencias negativas en su historial crediticio, mientras la investigación del caso continúa. La orden judicial estará vigente hasta que una resolución judicial posterior la deje sin efecto.
Este fallo sienta un precedente importante en la protección de los consumidores frente a las estafas virtuales, reconociendo la responsabilidad de las plataformas digitales en garantizar la seguridad de sus usuarios y prevenir fraudes. Además, pone de relieve la necesidad de fortalecer la educación financiera y la concientización sobre los riesgos asociados al uso de plataformas online.
Este caso subraya la creciente importancia de que las empresas de tecnología adopten medidas proactivas para proteger a sus usuarios de fraudes y estafas, y de que los usuarios estén informados y sean cautelosos al interactuar con plataformas online.