Una inquilina en Mar del Plata ha sido sentenciada a pagar una suma considerable, superando los 60 millones de pesos más intereses, a las propietarias de una vivienda que dejó en condiciones deplorables tras finalizar su contrato de alquiler. La decisión judicial, emitida por el Juzgado Civil y Comercial N°9, marca un precedente sobre la responsabilidad de los arrendatarios en el cuidado de las propiedades alquiladas.
Un Desalojo que Reveló el Desastre
El caso se originó tras una causa de desalojo tramitada en otro juzgado, donde se acordó que la inquilina, identificada como C.F.L., debía entregar el inmueble, ubicado en la calle Montes Carballo, el 10 de noviembre de 2023, libre de ocupantes. Sin embargo, al momento de la entrega, las propietarias, P.M.L. y S.A.L., se encontraron con un panorama desolador. Para documentar el estado del inmueble, realizaron un acta notarial detallada, certificada por una escribana pública.
Inventario de Daños y Deterioro
El acta notarial reveló un estado de abandono y deterioro generalizado. El informe describió suciedad extrema tanto en el interior como en el exterior de la vivienda. Se constató la falta de picaportes y cerraduras, un timbre visor roto, marcas de muebles retirados, llaves de paso dañadas, la ausencia de barandas, puertas de acceso y de vestidores, radiadores de calefacción, una puerta de mueble bajo mesada, la puerta del sauna, la caldera, el disyuntor y las llaves térmicas. Además, se encontró la pérgola de madera destruida, marcas de muebles, la mesada, la pileta y la parrilla faltante del quincho, artefactos sanitarios del baño contiguo y la ausencia de todas las puertas que comunicaban un ambiente con otro.
Reclamo Formal y Silencio del Demandado
En diciembre de 2023, las propietarias enviaron una carta documento a C.F.L., detallando un extenso listado de elementos que debían ser repuestos. La lista incluía elementos como picaportes, puertas internas de madera, puertas de placard, radiadores de calefacción, la caldera, lámparas, muebles de cocina, estantes, el tablero de electricidad, la caja de alarma, la parrilla a gas, la mesada de mármol y sanitarios, entre otros.
Ante la demanda presentada en 2024, la falta de respuesta por parte de C.F.L. fue interpretada por el Juez Guillermo Abel Pocatino como un reconocimiento tácito de los hechos expuestos. El juez argumentó que el silencio del demandado generaba una presunción de verosimilitud sobre las acusaciones.
El Estado del Inmueble Antes de la Desocupación
La sentencia destacó que, según la pericia realizada durante el juicio de desalojo, el inmueble se encontraba funcional meses antes de ser desocupado. A pesar de la falta de mantenimiento general, la vivienda era utilizable y no presentaba deterioros, roturas o faltantes que la hicieran inhabitable.
Indemnización por Daños y Perjuicios
Si bien las demandantes también solicitaron una indemnización adicional por lucro cesante, equivalente a diez mil dólares, el juez desestimó esta petición. Argumentó que el reclamo se basaba en la depreciación del bien a causa de los deterioros, y que estos ya estaban cubiertos por la indemnización por la reparación de los daños.
Fallo Favorable a las Propietarias
Finalmente, el Juzgado falló a favor de las propietarias y condenó a C.F.L. a pagar la suma de 61.427.500 pesos, más los intereses correspondientes, en concepto de daños y perjuicios. Este fallo subraya la importancia de mantener las propiedades alquiladas en buen estado y la responsabilidad de los inquilinos de reparar cualquier daño causado durante su estadía.