En la ciudad costera de Miramar, un incidente de robo a un remisero ha generado un debate sobre la justicia y la proporcionalidad de las penas. Franco Canario, de 32 años, fue condenado a tres años de prisión tras un acuerdo de juicio abreviado, luego de asaltar a un conductor de remís bajo la amenaza de un arma de fuego. La sentencia, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1, ha provocado controversia debido a que el Ministerio Público Fiscal no consideró agravantes en el hecho, optando por el mínimo de la pena.
El Asalto: Una Noche de Terror
La madrugada del 4 de enero, Franco Canario abordó un remís. Según consta en el acuerdo presentado por la fiscalía descentralizada de General Alvarado y la defensa, Canario, portando un arma de fuego cuya capacidad de disparo no fue comprobada, intimidó al conductor mientras se desplazaban por la calle 96 al 800 hasta la calle 29 entre 44 y 46. La amenaza, según el testimonio de la víctima, fue contundente: “Dame la billetera o te cago de un tiro”. El remisero, temiendo por su vida, entregó la billetera con la recaudación del día. Canario descendió del vehículo y huyó corriendo por la calle 46 en dirección a la calle 27.
Investigación y Evidencia Incriminatoria
La investigación policial, basada en los datos proporcionados por la remisería que recibió la llamada del viaje, el testimonio de la víctima y la información de las compañías telefónicas, apuntó directamente a Canario como el autor del hecho. Un allanamiento en su domicilio confirmó las sospechas. Se encontró un pantalón de jogging oscuro dentro de un mueble y una gorra Nike oscura con letras naranjas tendida en el patio, prendas que coincidían con la descripción de la ropa que vestía el asaltante.
La Decisión Judicial y las Críticas
El Juez Facundo Gómez Urso condenó a Canario por el delito de robo agravado por el uso de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada, aplicando la pena de tres años acordada por las partes. Sin embargo, el Juez Gómez Urso expresó su disconformidad con el monto de la pena pactada, señalando que, si bien estaba legalmente obligado a respetar el acuerdo, consideraba que existían circunstancias agravantes que la fiscalía no había tenido en cuenta.
Agravantes Ignorados: La Perspectiva del Juez
En su sentencia, el Juez Gómez Urso criticó la decisión de la fiscalía de no ponderar agravantes relevantes. Destacó la vulnerabilidad inherente a los conductores de vehículos de transporte, quienes a menudo son víctimas de asaltos a mano armada. El trauma resultante puede obligarlos a abandonar su trabajo. Además, resaltó que la víctima estaba trabajando honestamente para ganarse la vida cuando fue atacada, un factor que agrava el impacto del delito.
El juez también cuestionó la valoración del “buen concepto familiar presunto” de Canario, especialmente a la luz de un informe vecinal que lo describía como una persona problemática, acusada de golpear a su madre, robar a vecinos y consumir drogas. “Independientemente de la nula incidencia en la determinación de la pena, no es posible avalar una presunción positiva frente a un informe negativo”, afirmó el juez.
Otras circunstancias omitidas por la fiscalía, según el juez, incluyen los antecedentes penales de Canario, el hecho de que el asalto se cometió bajo la impunidad de la noche y que la suma robada representaba la recaudación de una noche de trabajo, afectando la capacidad de la víctima para cubrir necesidades básicas.
Un Acuerdo Cuestionable
El Juez Gómez Urso lamentó que la necesidad de “cerrar” un acuerdo y evitar un juicio oral pareciera haber primado sobre una evaluación exhaustiva de las circunstancias del caso. También criticó la solicitud, consentida por la defensa, de declarar la reincidencia de Canario, algo que la ley impedía debido al tiempo transcurrido desde su condena anterior.
En última instancia, la sentencia a Franco Canario, aunque legalmente válida, ha generado un debate sobre la necesidad de una mayor ponderación de las circunstancias agravantes en casos de robo a mano armada, especialmente cuando las víctimas son trabajadores vulnerables. La controversia subraya la importancia de una evaluación integral de la evidencia y los factores relevantes para garantizar una justicia equitativa y proporcional.