Audiencia Decisiva Tras Tragedia en Ruta 88: Camionero Enfrenta Posible Prisión Preventiva

La justicia argentina se prepara para una audiencia crucial en el caso del trágico accidente ocurrido en la ruta 88, donde el médico Diego Quirós, el hijo de su pareja de tan solo 9 años, perdieron la vida, y Yanina Liani sufrió graves heridas. El fiscal Rodolfo Moure ha solicitado formalmente a la Justicia de Garantías que la detención de Raúl Alejandro Lozano García, el camionero implicado en el siniestro, se convierta en prisión preventiva.

La fiscalía de Delitos Culposos ha imputado a Lozano García por el delito de homicidio culposo agravado, una acusación severa que se basa en la conducción de un vehículo automotor y la pluralidad de víctimas fatales, además de la alegada culpa temeraria. Adicionalmente, se le imputan lesiones culposas agravadas, también relacionadas con la conducción imprudente y la culpa temeraria. De manera subsidiaria, la fiscalía considera la posibilidad de que el hecho se catalogue como homicidio simple y lesiones gravísimas bajo la modalidad de dolo eventual, en concurso ideal.

Tras la solicitud formal presentada por el fiscal Moure el pasado lunes, la defensa del imputado ha sido asumida por un abogado particular. En respuesta a su petición, el juzgado de Garantías N°1, a cargo del juez Daniel De Marco, ha convocado a una audiencia para debatir y resolver el pedido de arresto domiciliario presentado por la defensa.

La investigación no se limita únicamente a Lozano García. La fiscalía también ha señalado a Jorge Alejandro Frank, propietario del camión involucrado, como partícipe primario en el hecho. Frank deberá presentarse en los tribunales el próximo martes para prestar declaración ante las autoridades.

La decisión de la fiscalía de Delitos Culposos se sustenta en una exhaustiva investigación que incluye las actuaciones cumplidas, la recopilación de pruebas en el expediente, el informe pericial accidentológico, la planimetría del lugar del accidente, las pericias químicas realizadas y los informes médicos de las víctimas. Un aspecto crucial de la investigación es que, a pesar de los esfuerzos, no se ha podido determinar la velocidad exacta a la que se desplazaba el Mercedes Benz GLA 200 conducido por Diego Quirós al momento del impacto contra el acoplado, ocurrido en el kilómetro 43 de la ruta 88, en dirección Necochea-Mar del Plata.

Sin embargo, la fiscalía ha logrado establecer que el camión Mercedes Benz L1114, conducido por Lozano García, estaba iniciando su incorporación a la ruta 88 desde la Báscula Pública La Ballenera, en dirección a Necochea. Un detalle alarmante es que el camión carecía de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) obligatoria y presentaba un estado de mantenimiento deficiente. Las luces posteriores no funcionaban, incluyendo la luz de freno derecha, y las luces laterales del lado izquierdo estaban inoperativas, mientras que en el lado derecho solo funcionaba la luz central.

Los investigadores también han constatado que la instalación eléctrica del camión estaba deteriorada y que las cintas reflectivas laterales y posteriores se encontraban en un estado de deterioro avanzado. Además, el acoplado que transportaba cereal también presentaba irregularidades.

Según la hipótesis de la fiscalía, el médico Diego Quirós no pudo advertir la presencia del camión y su acoplado que se estaban incorporando a la ruta, lo que lo llevó a realizar una maniobra evasiva hacia la derecha que resultó infructuosa, culminando en el impacto contra el lateral izquierdo del acoplado.

En consecuencia, Jorge Alejandro Frank enfrenta la imputación de haber facilitado el camión con acoplado a Lozano García sin haber exigido la presentación de la licencia de conducir habilitante, considerando que se trataba de un vehículo comercial de gran porte que requiere una autorización especial para su conducción. Además, se le imputa el hecho de que el vehículo no reunía las medidas de seguridad necesarias para circular en ruta, una situación que, según la fiscalía, no podía ser desconocida por Frank, dado que era el propietario del vehículo en ese momento.