Condena Ejemplar para Enfermero por Abuso Sexual a Paciente en Neuquén
La justicia ha dictado una sentencia condenatoria de ocho años de prisión efectiva contra un enfermero hallado culpable de violar a una paciente mientras se encontraba bajo su cuidado en un hospital de la capital de Neuquén. El veredicto fue emitido por un tribunal colegiado integrado por los jueces Cristian Piana, Juan Pablo Encina y Florencia Martini. Además de la pena de prisión, el tribunal ordenó la inclusión del nombre del condenado en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS) y el registro de sus datos genéticos.
Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado una pena mayor, de 11 años y medio de prisión, argumentando la gravedad del delito y el impacto psicológico en la víctima. Por su parte, la defensa del enfermero había solicitado la pena mínima establecida por el Código Penal para el delito de “abuso sexual agravado por la guarda”, que es de ocho años.
El tribunal, al dictar su veredicto, no consideró como agravante el daño psicológico alegado por la Fiscalía, ya que, según los jueces, no pudo ser demostrado de manera concluyente por la psicóloga que intervino en el caso. Asimismo, el tribunal señaló que las agravantes relacionadas con el género y la edad de la víctima solo son aplicables en casos que involucran a menores de edad, y que el estado de indefensión de la paciente ya estaba contemplado en la figura del delito de abuso sexual agravado.
Sin embargo, los magistrados sí tomaron en cuenta como atenuantes la admisión de responsabilidad por parte del acusado, su expresión de arrepentimiento y pedido de perdón a la víctima, así como la ausencia de antecedentes penales. El condenado reconoció haber cometido el abuso sexual el 2 de noviembre de 2024, en un lapso de tiempo comprendido entre las 8:20 y las 8:45 de la mañana, mientras estaba a cargo de la atención de la paciente en la habitación donde se encontraba internada.
El enfermero se aprovechó del estado de “convalecencia e indefensión” de la víctima, una mujer mayor de 70 años, quien sufrió un profundo impacto psicoemocional como consecuencia de la agresión sexual. El Ministerio Público también había argumentado que el accionar del enfermero había causado un grave daño institucional, al socavar la confianza en la relación médico-paciente, un pilar fundamental del sistema de salud. La condena impuesta busca, de alguna manera, reparar el daño causado y reafirmar el compromiso de la justicia con la protección de los derechos de los pacientes.
Este caso ha generado una profunda conmoción en la comunidad de Neuquén y ha reabierto el debate sobre la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y supervisión en los hospitales y centros de salud, con el objetivo de prevenir y evitar este tipo de situaciones aberrantes. Es fundamental que se garantice la seguridad y el bienestar de los pacientes, especialmente aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
La sentencia dictada en este caso representa un importante precedente y un mensaje claro de que este tipo de conductas no serán toleradas y serán sancionadas con todo el rigor de la ley. La justicia ha demostrado que está dispuesta a defender los derechos de las víctimas y a garantizar que los responsables de estos delitos rindan cuentas por sus actos.