Condenado por Abuso Sexual a Víctima de ACV en Hospital de La Plata
Un hombre ha sido sentenciado a siete años y medio de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, tras ser hallado culpable de abusar sexualmente de una ex compañera de trabajo. El delito se perpetró mientras la víctima se encontraba hospitalizada, recuperándose de un accidente cerebrovascular (ACV).
Los hechos, según la investigación judicial, ocurrieron el 16 de agosto de 2017, alrededor de las 14:00 horas, en una sala del Hospital San Martín. La víctima, identificada como “MYP”, se hallaba internada y vulnerable debido a las secuelas del ACV, que afectaban su movilidad en el lado izquierdo de su cuerpo.
El agresor, Juan Manuel Blanco, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de la mujer, la acompañó al baño. Una vez allí, cerró la puerta y procedió a realizar tocamientos íntimos contra la voluntad de la víctima. Debido a su condición física, ella no pudo resistirse al ataque, siendo forzada y penetrada vaginalmente contra la pared.
Durante el juicio, la víctima testificó que conocía al agresor por haber trabajado juntos en un supermercado. Si bien no mantenían una relación de amistad fuera del ámbito laboral, ella notó que él le había expresado afecto y halagos en el pasado, aunque nunca de manera formal. La mujer también relató que, debido a su estado, no pudo gritar ni pedir ayuda, ya que su habla estaba limitada y el botón de emergencia del baño no funcionaba. Además, reveló que el agresor la hostigaba por mensajes de texto, negando lo sucedido y acusándola de estar “loca”.
El juez Emir Caputo Tártara consideró que el testimonio de la víctima cumplía con los requisitos de veracidad, destacando la ausencia de motivos espurios, la credibilidad objetiva y la persistencia en la incriminación. Además, las pruebas reunidas descartaron la posibilidad de un error de identificación, fabulación o denuncia falsa, confirmando la culpabilidad del acusado.
La pericia psicológica realizada a la víctima reveló que su relato era consistente y creíble, sin contradicciones ni signos de simulación.
En consecuencia, el tribunal dictaminó la condena de siete años y seis meses de prisión por abuso sexual con acceso carnal. Asimismo, ordenó la incorporación de los datos genéticos del agresor al Registro Nacional de Datos Genéticos y al Banco de Datos Genéticos Provincial.