Funcionario Municipal Condenado por Secuestro y Violencia Doméstica: Detalles del Fallo y Medidas Impuestas
En la provincia de Corrientes, específicamente en Goya, un funcionario municipal ha sido condenado a tres años de prisión en suspenso tras admitir su culpabilidad en el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas contra su pareja. Este resultado se alcanzó mediante un juicio abreviado, donde el acusado aceptó los cargos en su contra.
El Juez de Garantías, Lucio López Lecube, emitió la Sentencia 89, declarando culpable a Pedro Edgardo Zarantonelli, quien se desempeña como director de Servicio Municipal. La condena se basa en el delito de privación ilegítima de la libertad, perpetrado con violencia y amenazas en perjuicio de R. A. S. A pesar de la condena, Zarantonelli no cumplirá la pena en prisión, sino que permanecerá en libertad bajo estrictas condiciones impuestas por la Justicia.
Detalles del Incidente
El fallo judicial reconstruye los hechos ocurridos el 23 de agosto de 2025, alrededor de las 17:00 horas. En esa fecha, Zarantonelli trasladó a su pareja a una residencia ubicada en la intersección de las calles Baibiene y 9 de Julio en Goya.
Dentro de la vivienda, se desató una acalorada discusión, motivada por celos y actitudes posesivas por parte del funcionario, según se detalla en la sentencia. Durante el altercado, Zarantonelli cerró la puerta con llave, impidiendo que la mujer abandonara el lugar. La víctima permaneció retenida contra su voluntad desde las 18:00 hasta las 21:30 horas. La investigación también reveló que el agresor ejerció violencia física contra la víctima y la amenazó de muerte, lo que agravó aún más la situación.
Medidas de Protección y Restricciones
Con el objetivo de proteger a la víctima y evitar la repetición de actos similares, el magistrado dispuso una serie de medidas preventivas. Zarantonelli deberá fijar domicilio y notificar cualquier cambio a las autoridades. Además, se le prohíbe acercarse a menos de 100 metros de la víctima, su domicilio y los lugares que frecuenta habitualmente.
La prohibición de contacto se extiende a cualquier medio, ya sea telefónico o virtual. El condenado no podrá comunicarse ni intimidar a la víctima de ninguna forma.
Tratamiento Terapéutico Obligatorio
Como parte de las condiciones para la ejecución condicional de la pena, la Justicia ha ordenado que el funcionario municipal se someta a un tratamiento terapéutico obligatorio. Este tratamiento está diseñado para erradicar patrones de violencia y abordar la posibilidad de consumo de sustancias, buscando una rehabilitación integral y previniendo futuros incidentes de violencia doméstica.
Este caso pone de manifiesto la seriedad con la que el sistema judicial está abordando los casos de violencia doméstica, incluso cuando involucran a funcionarios públicos. Si bien la pena no implica encarcelamiento inmediato, las estrictas condiciones impuestas buscan proteger a la víctima y promover la rehabilitación del agresor, con el fin de prevenir la repetición de estos actos lamentables.