Giro en la Investigación de la Tragedia en la Ruta 88: Dueño del Camión Imputado por Homicidio con Dolo Eventual

Giro en la Investigación de la Tragedia en la Ruta 88: Dueño del Camión Imputado por Homicidio con Dolo Eventual

La investigación sobre el trágico accidente ocurrido en la ruta 88, que cobró la vida del médico Diego Quirós, un niño de 9 años (hijo de su pareja) y dejó gravemente herida a Yanina Liani, ha tomado un nuevo rumbo. La fiscalía de Delitos Culposos, atendiendo a la solicitud del abogado de la familia Quirós, ha decidido agravar la imputación contra Jorge Alejandro Frank, el dueño del camión involucrado en el siniestro.

Inicialmente, la investigación se centró en la responsabilidad del conductor del camión, Raúl Alejandro Lozano García. Sin embargo, tras la recopilación de nuevas pruebas y peritajes, el fiscal Rodolfo Moure ha considerado que existen elementos suficientes para imputar a Frank como partícipe primario de homicidio simple y lesiones gravísimas bajo la modalidad de dolo eventual, en concurso ideal. Esta imputación se plantea como una hipótesis subsidiaria a la acusación principal, que se mantiene como homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor, calificado por la pluralidad de víctimas fatales y por culpa temeraria, y lesiones culposas agravadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor calificadas por culpa temeraria, en concurso ideal.

Según la fiscalía, Lozano García, quien fue detenido en Quequén, deberá responder como autor material del hecho, mientras que Frank lo hará como partícipe primario. Lozano García ha sido citado a declarar, mientras que Frank deberá presentarse ante la Oficina Técnica de Identificación de Personas (Otip) para realizar trámites identificatorios.

Detalles del Estado del Camión

La decisión de la fiscalía se fundamenta en las pruebas reunidas, incluyendo el informe pericial accidentológico, la planimetría, las pericias químicas y los informes médicos. Si bien no se pudo determinar la velocidad exacta a la que circulaba el Mercedes Benz GLA 200 conducido por Quirós al momento del impacto, la investigación reveló graves irregularidades en el estado del camión.

Se determinó que el camión Mercedes Benz L1114 se estaba incorporando a la ruta 88 desde la Báscula Pública La Ballenera en dirección a Necochea. Lo más alarmante es que el vehículo carecía de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y presentaba un estado de mantenimiento deficiente. Las luces traseras no funcionaban, al igual que la luz de freno derecha. Las luces laterales también estaban defectuosas, y la instalación eléctrica se encontraba deteriorada. Además, las cintas reflectivas laterales y posteriores estaban en muy mal estado, y el acoplado cargado de cereal también presentaba irregularidades.

La Teoría del Dolo Eventual

La fiscalía sostiene que Quirós no pudo advertir la presencia del camión incorporándose a la ruta e intentó una maniobra evasiva sin éxito, lo que provocó el impacto fatal en el lateral izquierdo del acoplado. La imputación a Frank como partícipe primario con dolo eventual se basa en la negligencia al facilitar un camión en esas condiciones a Lozano García, sin exigir la licencia de conducir habilitante, especialmente tratándose de un vehículo de gran porte que requiere autorización especial. Además, se considera que Frank no podía desconocer el estado precario del camión y la falta de medidas de seguridad necesarias para su circulación.

Para los investigadores, las múltiples infracciones al deber de cuidado por parte de Frank hacían previsible el resultado fatal. Se argumenta que la posibilidad de que se produjera un resultado perjudicial era latente, y que, a pesar de ello, Frank permitió la circulación del vehículo sin importarle las consecuencias.

Este caso continúa generando conmoción y pone de relieve la importancia del mantenimiento adecuado de los vehículos y la responsabilidad de los propietarios en garantizar la seguridad vial.