Habeas Corpus y la Patrulla Municipal: Análisis de la Decisión Judicial de Tapia

La resolución del juez de Garantías Juan Tapia ha provocado un debate significativo al otorgar parcialmente un habeas corpus colectivo, solicitado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), y limitar el accionar de la Patrulla Municipal. La orden judicial prohíbe a la Patrulla Municipal realizar operativos que impliquen violencia física o verbal contra personas en situación de calle. Además, se prohíbe la sustracción de documentos u objetos personales, protegiendo así los derechos a la vida, la integridad física y psíquica, la libertad y la dignidad de este colectivo vulnerable.

Esta decisión judicial, que respalda las críticas de la oposición en el Concejo Deliberante, se fundamenta en las pruebas recabadas durante medio año de investigación. El juez Tapia consideró siete elementos clave que demostraron la existencia de prácticas violentas por parte de agentes municipales pertenecientes a la Patrulla Municipal.

Según la resolución, existe una coincidencia en los testimonios que denuncian el decomiso de colchones, mantas, teléfonos celulares, zapatillas y ropa de abrigo, todo ello sin el debido registro administrativo. Este accionar, según el juez, pone en peligro la libertad de las personas en situación de calle, cuyo abordaje debe excluir cualquier forma de violencia institucional. Tapia enfatizó que esta decisión no desconoce las facultades del Municipio en el control del espacio urbano, sino que busca asegurar que los procedimientos se realicen respetando la vida, la integridad física y la dignidad de las personas.

Modos de Actuar Cuestionados de la Patrulla Municipal

El juez Tapia identificó seis modos de actuar problemáticos de la Patrulla Municipal que contribuyeron a la decisión de otorgar el habeas corpus:

  1. Nocturnidad de los Operativos: Los operativos se realizan de noche y se enfocan en personas difíciles de ubicar posteriormente, minimizando la posibilidad de denuncias penales.
  2. Ocultamiento de la Identidad: Los agentes utilizan prendas oscuras y ocultan sus rostros, impidiendo su identificación.
  3. Planificación de los Operativos: La planificación de los operativos contradice la versión municipal de que son intervenciones espontáneas.
  4. Uso de Violencia: Se ha documentado el uso de violencia física y psíquica.
  5. Falta de Sanciones: No existen actuaciones administrativas para sancionar a los municipales que actúan fuera de la ley, situación reconocida por el propio intendente Montenegro.
  6. Convocatoria Excepcional de la Policía: Se requiere la presencia de personal policial en los operativos de manera excepcional.

Los Siete Elementos Clave de la Investigación

La resolución del juez Tapia se basa en una exhaustiva descripción de siete instancias que aportaron pruebas sobre el accionar ilegal de la Patrulla Municipal:

  1. Prueba Audiovisual de la CPM: Siete testimonios de víctimas en vídeos denuncian hostigamientos, robos y agresiones físicas. Un testimonio menciona agentes encapuchados y golpizas, mientras que otro relata el secuestro temporal de una persona.
  2. Investigaciones Penales en Curso: Dos demandas tramitadas por la UFI N°12, una de las cuales incluye un vídeo donde se observa a agentes golpeando a un individuo. Un testimonio relata amenazas de desaparición.
  3. Denuncias ante la CPM: Integrantes de un grupo de vecinos que asisten a personas vulnerables en Plaza Rocha denuncian malos tratos, golpes y sustracción de pertenencias. Se aportan vídeos de los operativos.
  4. Audiencia Judicial del 28 de Abril: En esta audiencia, funcionarios municipales reconocieron que los operativos no se realizan con personal de Desarrollo Social, como lo indicaba una resolución judicial previa. La CPM propuso mostrar vídeos que evidenciaban las denuncias, pero el intendente Montenegro no lo permitió. El jefe comunal admitió que personas con problemas de salud permanecen retenidas en patrullas, atribuyéndolo a criterios restrictivos del Higa.
  5. Declaraciones Testimoniales del 27 de Mayo: Cuatro testigos relataron operativos en diferentes zonas, incluyendo el testimonio de Eleonora Alais, militante de derechos humanos e hija de un abogado desaparecido durante la dictadura, quien comparó la actuación de los agentes encapuchados con los grupos de tareas de la Triple A y la CNU.
  6. Testimonios de Víctimas en Audiencias Públicas: Dos personas detenidas relataron haber sido víctimas del accionar violento de la Patrulla.
  7. Amicus Curiae de Organizaciones de Derechos Humanos: La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la CTA y la CTA Autónoma respaldaron la postura de la CPM, aportando una reflexión crítica sobre el debate.

La decisión del juez Tapia y los elementos probatorios presentados han generado un intenso debate sobre el accionar de la Patrulla Municipal y la protección de los derechos de las personas en situación de calle.