La Justicia ratifica la condena de “Fachi” Cufré por homicidio: Casación desestima la apelación

La Sala I del Tribunal de Casación Penal ha confirmado la condena de once años y medio de prisión impuesta a Fabián Alejandro Cufré, conocido como “Fachi”, tras rechazar el recurso presentado por su defensa. Cufré fue hallado culpable por un jurado popular del homicidio de Antonio Cordero, de 35 años, en un incidente ocurrido frente a la vivienda de la víctima en el barrio Colinas de Peralta Ramos en septiembre de 2022.

La defensa de Cufré había impugnado la sentencia, argumentando errores en el proceso judicial. Específicamente, cuestionaron la decisión del juez de primera instancia de no permitir la reproducción de un audio durante el juicio oral, así como la valoración de las circunstancias atenuantes consideradas durante la audiencia de determinación de la pena. El recurso buscaba la nulidad del debate, alegando una violación del derecho de defensa en juicio debido a la supuesta denegación de una prueba esencial para la hipótesis defensiva. Subsidiariamente, la defensa argumentó una capacidad de culpabilidad disminuida del acusado y solicitó una readecuación de la pena impuesta.

En su presentación ante Casación, la defensa insistió en que la no admisión del audio había perjudicado gravemente las posibilidades de Cufré de demostrar su versión de los hechos. Además, argumentaron que la pena impuesta era excesiva, considerando las circunstancias personales del acusado y el contexto en el que se produjo el homicidio.

Sin embargo, los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana, integrantes de la Sala I del Tribunal de Casación Penal, desestimaron los argumentos de la defensa. En su resolución, los magistrados señalaron que el juez técnico tiene la responsabilidad de asegurar la imparcialidad del jurado, evitando que prejuicios o emociones influyan en su veredicto. En este sentido, consideraron que la exclusión de la prueba cuestionada fue una decisión acertada, ya que el riesgo de causar un perjuicio indebido superaba su valor probatorio.

La resolución judicial enfatiza la importancia del rol del juez técnico en el proceso de juicio por jurados. Su función es garantizar que el debate se desarrolle en un marco de equidad y respeto por los derechos de todas las partes, sin permitir que elementos ajenos al análisis objetivo de la prueba contaminen la decisión final.

Además, los jueces Carral y Maidana afirmaron que la pena impuesta a Cufré no resulta desproporcionada en relación con la gravedad del delito cometido. “A todo evento, no advierto que la sanción aplicada exhiba desproporcionalidad con el grado de injusto del hecho atribuido, por lo que la petición de reducción de pena al mínimo legal deviene improcedente”, señalaron en la resolución de quince páginas.

En consecuencia, la Sala I del Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Fabián Alejandro Cufré, confirmando la condena de once años y medio de prisión por el homicidio de Antonio Cordero. La defensa ha dejado constancia de su reserva federal, lo que sugiere la posibilidad de recurrir a instancias superiores en busca de una revisión del caso.

Este fallo consolida la sentencia dictada por el jurado popular y reafirma la validez del proceso judicial llevado a cabo en primera instancia. La decisión de Casación pone fin, al menos por ahora, a la vía judicial para cuestionar la responsabilidad de Cufré en el homicidio de Cordero.